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SEGUROESCOLAR

El Seguro Escolar tiene por finalidad la protección del estudiante contra circunstancias adversas, fortuitas y previsibles.
Esta protección se otorga en beneficio de los estudiantes afiliados al Seguro, cuando concurra cualquiera de los riesgos protegidos y siempre que se reúnan los requisitos exigidos.
Para obtener más información de la que figura en esta página Web, puede ponerse en contacto con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS):

– Llamando al teléfono gratuito 900.16.65.65

– A través del correo electrónico. Internet: www. s e g- s o ci a l . es.

– También puede dirigirse, personalmente o por escrito, a cualquiera de los Centros de Atención e Información (CAISS) de que dispone el INSS en todo el territorio nacional.

¿A quién protege?

Están incluidos en el campo de aplicación del Seguro Escolar todos los estudiantes españoles que cursen, en España, los siguientes estudios:

 – Bachillerato, 3º y 4º de ESO.
 – Formación Profesional de segundo grado, específica de grado medio, grado superior y especial.
 – Programas de garantía social.
 – De los centros integrados.
 – Universitarios de grado medio, grado superior y de doctorado.
 – Grado superior en conservatorios de música.
 – Grado superior en conservatorios de danza.
 – Arte dramático.
 – Teología en los centros superiores de la Iglesia Católica.
 – Segundo curso de educación secundaria de personas  – Estudiantes universitarios que realicen prácticas en empresas.
 – Programas de formación para la transición a la edad adulta.

Quedan, asimismo, incluidos en el ámbito protector de este Seguro, los estudiantes nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, y, en general, todos los estudiantes extranjeros residentes, en las mismas condiciones que los españoles, siempre que cursen los citados estudios en España.

¿Qué requisitos tiene?

 – Tener menos de 28 años, ser español o extranjero con residencia legal en España.

 – Estar matriculado en los estudios comprendidos en el Seguro y haber abonado la cuota.

 – Acreditar un año de Seguro.Este último requisito no se exige para las prestaciones derivadas de accidente escolar, infortunio familiar y tocología, ni a los estudiantes que el año anterior hayan cursado 2º de ESO, educación especial o que hayan continuado sus estudios en el extranjero. Más información sobre requisitos 

¿Cuánto cuesta?

Su coste es de 1.12€

¿Qué riesgos cubre?

Accidentes escolares. Asistencia médica y farmacéutica y, en su caso intervención quirúrgica en centros públicos del Sistema Nacional de Salud o bien en centros sanitarios concertados o colaboradores. Este seguro conlleva unas indemnizaciones económicas: Por Incapacidad permanente y absoluta para los estudios ya iniciados, la indemnización oscila entre 150,25 euros y 601,01 euros. En la Gran invalidez para los estudios, si queda incapacitado para los actos más esenciales de la vida, una pensión vitalicia de 144,24 euros anuales.

Enfermedad. La acción protectora del seguro escolar garantiza la asistencia médica y farmacéutica completa, incluida la hospitalización, constituida por los servicios de: cirugía general, neuropsiquiatría, tuberculosis pulmonar y ósea y tocología. En determinados casos se pueden otorgar prestaciones de fisioterapia, cobaltoterapia, radiumterapia, riñón artificial y radioterapia, así como cirugía maxilofacial.

Infortunio familiar. A raíz de situaciones sobrevenidas en el hogar del estudiante que le impiden continuar los estudios ya iniciados como el fallecimiento del cabeza de familia o la ruina o quiebra familiar, el seguro provee unas cuantías anuales que oscilan entre 86,54 euros y 129,82 euros que se abonarán durante el número de años que falten al beneficiario para acabar normalmente y sin repetir curso, su carrera.

¿Cómo solicito una prestación?

Las solicitudes de cualquier prestación del seguro escolar deben presentarse en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

En todo caso, la prestación se extinguirá cuando el estudiante cumpla los 28 años.

¿Qué documentación necesito aportar cuando solicite una prestación?

Por regla general, junto a la solicitud, deberá presentar el DNI o Libro de Familia, pasaporte, carta de identidad, permiso o tarjeta de residencia junto con el resguardo del impreso de matrícula en el que conste el curso, asignaturas y abono de la cuota del seguro escolar.

En cualquier caso, deberá acudir a la web de la seguridad social e informarse de la documentación pertinente para su caso concreto.